Primero.—Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las asociaciones turísticas que cumplan los siguientes requisitos:
— Que entre sus fines y actividades principales recojan la promoción, puesta en valor y difusión de los recursos turísticos del Principado de Asturias y figurar, a la fecha de la solicitud de ayuda, en el registro correspondiente del Principado de Asturias.
Segundo.—Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a la digitalización de asociaciones del sector turístico, con la finalidad de promover la realización de los siguientes proyectos de digitalización por parte de asociaciones turísticas: la adquisición de páginas web de nueva creación así como la actualización y mejora de webs previamente existentes, el impulso a la mejora de la imagen digital con contenidos audiovisuales de promoción de los fines turísticos de la asociación, la generación de contenidos turísticos para plataformas digitales y la gestión de redes sociales a través de servicios profesionales (community manager).
Las actuaciones subvencionables deberán reunir los requisitos que se detallan en la Base Cuarta de las bases reguladoras.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el apoyo a la digitalización de pymes y asociaciones del sector turístico.
Resolución de 6 de mayo de 2022, por la que se modifican las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el apoyo a la digitalización de pymes y asociaciones del sector turístico, aprobadas por Resolución de 29 de junio de 2021, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía de las ayudas por proyecto, que en ningún caso podrá exceder del crédito autorizado, no podrá superar el 80% del coste total del proyecto, con el límite del importe de la cuantía máxima de ayuda por proyecto fijada en 5.000 € para los proyectos presentados en la Línea 2.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Más información BOPA 1/02/2023