Subvenciones a asociaciones de mujeres para el apoyo al movimiento asociativo en el desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para el ejercicio 2024.

Primero.—Beneficiarias:

Las asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro y las federaciones de asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y de la igualdad, que realicen sus actuaciones en la Comunidad Autónoma y que estén inscritas en el correspondiente registro del Principado de Asturias.

Segundo.—Objeto:

Estas subvenciones tienen por objeto el apoyo al movimiento asociativo de mujeres en el desarrollo de programas y actividades dirigidas a potenciar su participación social encaminadas a la eliminación de la desigualdad entre mujeres y hombres y de programas y actividades que sirvan para generar redes de mujeres que trabajen en el desarrollo del principio de igualdad.

Tercero.—Bases reguladoras:

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Convocatorias de subvenciones con destino a entidades juveniles

Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de diversos programas durante 2024. [Cód. 2024-02762]Texto de la disposiciónPDF de la disposición(172Kb) 

Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de acciones conducentes a la promoción de la emancipación juvenil (empleo y vivienda) durante 2024. [Cód. 2024-02763]Texto de la disposiciónPDF de la disposición(158Kb) 

Extracto de la Resolución de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a entidades de participación juvenil del Principado de Asturias para financiar la adquisición de equipamiento destinado al funcionamiento de su sede y el necesario para la realización de sus actividades en el ámbito de la juventud en 2024. [Cód. 2024-02764]Texto de la disposiciónPDF de la disposición(156Kb) 

Ayudas Leader

En el BOPA de 9 de enero de 2024 se publicó el extracto de las convocatorias 2024 de ayudas LEADER a empresas privadas y particulares, Entidades Locales y entidades sin ánimo de lucro que gestionan los Grupos de Acción Local del Principado de Asturias, entre los que se encuentra el CEDER Navia-Porcía.    Puedes descargar el texto íntegro de cada una de  las convocatorias en los siguientes enlaces:

Convocatoria 2024 de ayudas a EMPRESAS PRIVADAS Y PARTICULARES 

Convocatoria 2024 de ayudas a ENTIDADES LOCALES

Convocatoria 2024 de ayudas a ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Estas 3 convocatorias incluyen una parte común para todos los LEADER de Asturias y otra específica para cada una de las 11 comarcas rurales. En el caso del Navia-Porcía, las convocatorias cuentan con un presupuesto total de 2.057.550 euros, distribuido de la siguiente forma:

  • Ayudas a EMPRESAS PRIVADAS y PARTICULARES: 1.621.100 euros.
  • Ayudas a ENTIDADES LOCALES:  374.100 euros
  • Ayudas a ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO: 62.350,00 euros

En la convocatoria de ayudas a empresas privadas y particulares se contemplan distintas medidas destinadas a subvencionar la creación, ampliación o modernización de empresas de la comarca, abarcando prácticamente todos los sectores de actividad (agrícola, pequeña industria, servicios, etc.).  También incluye las ayudas conocidas como «ticket rural«, dirigidas a desempleados que inicien una actividad empresarial como autónomos.  De igual manera, la convocatoria contempla una medida de ayudas  dirigidas a empresas o particulares propietarios de montes que pongan en marcha sistemas agroforestales, donde se combine la producción frutícola con la forestal.

El plazo para solicitar ayudas finaliza el 15 de febrero de 2024

Para más información sobre las ayudas puedes consultar el apartado LEADER 2014-2020 de nuestra web o ponerte en contacto  con los técnicos del CEDER Navia-Porcía por teléfono o correo electrónico para realizar cualquier consulta o solicitar cita para una reunión personalizada en nuestra sede.  Aquí puedes consultar nuestros datos de contacto.

Fte. Web CEDER Navia-Porcía

Convocatoria de ayudas con destino a la celebración de certámenes de productos agroalimentarios por parte de entidades sin ánimos de lucro.

Primero.—Beneficiarios.

Las entidades sin ánimo de lucro del Principado de Asturias, que ejecuten las actividades para las que se dirigen las mismas, en el territorio del Principado de Asturias. Están excluidas expresamente, las administraciones públicas.

Segundo.—Objeto.

Concesión de subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro, para contribuir a la financiación de gastos ocasionados por la celebración de certámenes de productos agroalimentarios.

Tercero.—Bases reguladoras.

Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 6 de julio de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales (BOPA 13-07-2018).

Cuarto.—Cuantía.

Cuantía total: 25.000,00 euros.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Más información BOPA 27/04/2023

Se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de diversos programas durante 2023.

Primero.—Beneficiarios:

a) Asociaciones juveniles.

b) Secciones juveniles de las demás asociaciones, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.

c) Aquellas entidades que en sus estatutos tengan contemplados la prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en el Principado de Asturias.

Todas ellas deberán estar inscritas en el Registro de Entidades de Participación Juvenil del Principado de Asturias (REPJPA) creado por el artículo 25 de la Ley del Principado de Asturias 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil y regulado en cuanto a su organización y funcionamiento por el Decreto 34/2021, de 2 de julio (BOPA n.º 13, de 13 de julio de 2021).

Segundo.—Objeto:

a) La realización de actividades, servicios a los jóvenes y funcionamiento interno.

b) La contratación de jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo que realicen tareas en asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud.

Tercero.—Bases reguladoras:

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