Primero.—Beneficiarios de la subvención.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, con capacidad técnica y de gestión suficientes. La capacidad técnica y de gestión se acreditará a través de los estatutos o normas fundacionales o reguladoras propias, una vez comprobado que el proyecto para el que se solicita financiación se encuentra dentro del objeto y/o fines de su actividad.
Segundo.—Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a entidades promotoras de proyectos innovadores en los ámbitos del empleo y la inclusión sociolaboral, entendiendo por tales el desarrollo e implementación de proyectos que, siendo promovidos por actores ajenos a las administraciones públicas, tengan por objeto la satisfacción de las necesidades sociales en relación con la mejora de la empleabilidad y la prevención y lucha contra la exclusión social, y se dirijan a uno de los colectivos en riesgo de exclusión social previstos en la cláusula tercera de esta convocatoria.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 27 de abril de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos innovadores de inclusión sociolaboral en el ámbito territorial el Principado de Asturias (BOPA 25/05/2020).
Cuarto.—Presupuesto.
La cuantía máxima del crédito disponible para financiar la citada convocatoria es de 375.000,00 €, de acuerdo con la siguiente distribución:
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Más información BOPA 10/06/2022