Convocatoria pública de concesión de subvenciones a personas jóvenes asturianas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D, durante 2023

Esta resolución se ha publicado en el BOPA núm 181 de 20-IX-2023.

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Órgano gestor: Instituto Asturiano de la Juventud.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/716133).

Primero.—Beneficiarios:

Podrán solicitar subvención las personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de la presentación de su solicitud:

a) Haber cumplido los 18 años, sin prejuicio de la edad mínima para la obtención de los permisos de clase C y D, y que no superen la edad máxima que establezca la normativa vigente del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

b) Estar empadronadas en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias con una antigüedad mínima de un año desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

c) Estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el ámbito del Principado de Asturias en la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

d) En relación con la obtención de los permisos de conducción de las clases subvencionables indicadas en la base primera de las que rigen la convocatoria, encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

1.ª Estar matriculadas en una escuela particular de conductores legalmente constituida radicada en el Principado de Asturias, en adelante autoescuela, para la obtención de los permisos de conducción de las clases indicadas.

2.ª Haber obtenido el permiso de conducción de las clases indicadas para el que se solicita subvención con fecha de expedición entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención. En ningún caso serán subvencionables los citados permisos de conducción expedidos con anterioridad a dicha fecha.

Segundo.—Objeto:

1. Es objeto de la presente convocatoria la concesión en 2023 de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, a personas jóvenes asturianas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D.

2. De las diferentes clases de permisos de conducción establecidas en el artículo 4 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores y de conformidad con la base primera de las que rigen la presente convocatoria, serán subvencionables las siguientes:

a) Clase B: coches y vehículos ligeros. Permisos: B, B+E.

b) Clase C: Camiones. Permisos profesionales: C, C1, C+E, C1+E.

c) Clase D: Autobuses. Permisos profesionales: D, D1, D+E, D1+E.

3. No serán subvencionables los permisos de conducción de la clase A: Motos y ciclomotores. Permisos: AM, A1, A2 y A.

Tercero.—Bases reguladoras:

Las bases reguladoras han sido aprobadas por Resolución de 28 de julio de 2023, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a personas jóvenes asturianas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, número 156, de 14 de agosto de 2023.

Cuarto.—Importe:

El importe total de la convocatoria asciende a un total cien mil euros (100.000,00 €). La subvención individualizada por persona beneficiaria consistirá en una cantidad cierta por las cuantías establecidas a continuación en función de la clase de permiso de conducción:

a) Clase B: coches y vehículos ligeros. Permisos: B, B+E: 300 €.

b) Clase C: Camiones. Permisos profesionales: C, C1, C+E, C1+E: 650 €.

c) Clase D: Autobuses. Permisos profesionales: D, D1, D+E, D1+E: 1.300 €.

De conformidad con la base octava de las que rigen la convocatoria, cada persona solicitante solo podrá optar a subvención para una única clase de permiso de conducción.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Sexto.—Otros datos:

1. De conformidad con lo establecido en la bases séptima y octava de las que rigen la convocatoria, el procedimiento se tramitará íntegramente de manera electrónica siendo de aplicación obligatoria para las personas solicitantes que concurran a la misma.

Asimismo, las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario web disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección: https://sede.asturias.es/ con el código de solicitud AYUD0463T01.

Pincha AQUÍ y accede directamente

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de firma admitidos por la sede electrónica del Principado de Asturias y que pueden comprobarse en la citada sede electrónica, en el apartado de información correspondiente a “sistemas de firma electrónica admitidos y/o usados en la sede”.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca becas para la formación e investigación.

El BOE Núm. 24, de lunes 28 de enero de 2013 publica la Orden ECD/48/2013, de 24 de enero, por la que se convocan becas para la formación e investigación.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha desarrollado diversos programas de formación e investigación por medio de convocatorias de becas destinadas a promover la investigación y la innovación educativa y a ampliar los conocimientos en observación y diseño de cualificaciones profesionales, en documentación y legislación educativa y en tecnologías de la información y comunicación.

Estas convocatorias contribuyen de forma activa en la formación de especialistas en estos campos tan necesarios para la sociedad actual. La experiencia adquirida, por lo tanto, aconseja continuar con esta línea de actuación que ha proporcionado tan buenos resultados.

En consecuencia, este Ministerio ha resuelto convocar un procedimiento de concurrencia competitiva para otorgar 72 becas para la formación e investigación en diversas materias aplicadas a la educación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Puedes consulta los tipos de becas y criterios generales de valoración de méritos aquí.

Fte. http://www.sepe.es

Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para el empleo y la protección social de las personas desempleadas.

Con efectos desde el 16 de febrero de 2013 se prorroga hasta el 15 de agosto de 2013,
sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional segunda, el programa de
recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo

Ampliación del plazo para la reposición del derecho a la prestación por
desempleo.
El apartado 1 del artículo 16 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para
la reforma del mercado laboral, queda redactado en los siguientes términos:
«1. Cuando una empresa, en virtud del artículo 47 del texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores o de un procedimiento concursal, haya suspendido
contratos de trabajo, de forma continuada o no, o haya reducido el número de días u
horas de trabajo, y posteriormente se extingan contratos al amparo de los
artículos 51 o 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o
del artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, los trabajadores afectados
tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de
nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo
total o parcial en virtud de aquellas suspensiones o reducciones con un límite máximo
de 180 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre
el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive.
b) Que el despido se produzca entre el 12 de febrero de 2012 y el 31 de
diciembre de 2014.»

Ampliación del plazo que permite efectuar contratos para la formación y el
aprendizaje no vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de formación. Sigue leyendo

Solicitud de naves y despachos en el Centro de Empresas de Valdés

El Centro de Empresas de Valdés dispone de naves y despachos para la instalación de empresas. Puedes beneficiarte de unas condiciones muy favorables tanto económicamente como en lo que se refiere a otros servicios añadidos.

Link a la página web del centro: http://www.aceppa.es/aceppa/centros-de-empresas/centro-de-empresas-de-valdes_241_1_ap.html

El plazo está abierto permanentemente.

Normativa reguladora: Pliego cláusulas administrativas

+ info:

Gerencia del Centro de Empresas de Valdés

centroempresas@ayto-valdes.net

Tfno: +34 985 64 28 28 / +34 616 789 104