Primero.—Beneficiarios.
Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, que lleven a cabo un proyecto empresarial en el Principado de Asturias financiado por una o varias operaciones de préstamo avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca, que cumplan los requisitos que para las microempresas, pequeñas y medianas empresas, que se recogen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
Las pymes, y autónomos deberán contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral.
Segundo.—Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto regular la ayuda dirigida a los autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) del Principado de Asturias, en la obtención de financiación destinada a la realización de proyectos empresariales, que suponga un crecimiento y/o mejora competitiva de la empresa, mediante la línea 1. Operaciones avaladas para la financiación de proyectos empresariales.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 22 de abril de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en el marco del programa de apoyo a la financiación de proyectos empresariales para pymes.
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía total máxima autorizada para financiar la convocatoria de ayudas en el ejercicio 2022 es de 500.000,00 €, con cargo al presupuesto del Idepa, cuantía que ha sido autorizada por Resolución del Presidente del Idepa de fecha 09/02/2022. En la primera convocatoria se concedió por Resolución de 03/08/2022 subvención por cuantía de 108.291,12 €, por lo que el remanente 391.708,88 €, se aplica a la segunda convocatoria que por medio de la presente resolución se convoca.
Excepcionalmente, podrá fijarse una cuantía adicional por importe máximo de 250.000,00 €, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de la aprobación de una nueva convocatoria, se hubiese incrementado el importe del crédito presupuestario como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes a la segunda convocatoria pública de estas ayudas en el ejercicio 2022, será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta las 14.00 horas, hora peninsular en España, del 14/10/2022.
Más información BOPA 16/08/2022