Primero.—Beneficiarios de la subvención.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, con capacidad técnica y de gestión suficientes. La capacidad técnica y de gestión se acreditará a través de los estatutos o normas fundacionales o reguladoras propias, una vez comprobado que el proyecto para el que se solicita financiación se encuentra dentro del objeto y/o fines de su actividad.
Segundo.—Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a entidades promotoras de proyectos innovadores en los ámbitos del empleo y la inclusión sociolaboral, entendiendo por tales el desarrollo e implementación de proyectos que, siendo promovidos por actores ajenos a las administraciones públicas, tengan por objeto la satisfacción de las necesidades sociales en relación con la mejora de la empleabilidad y la prevención y lucha contra la exclusión social, y se dirijan a uno de los colectivos en riesgo de exclusión social previstos en la cláusula tercera de esta convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. (BOPA 15/06/2021)