Primero.—Beneficiarios.
Agricultores y ganaderos titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma y reúnan los requisitos
establecidos en las Bases y en la Convocatoria.
Segundo.—Objeto de la subvención.
Esta ayuda tiene por objeto compensar a los agricultores por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las
pérdidas de ingresos como consecuencia del compromiso voluntario de adoptar las prácticas de la producción ecológica
conforme a las exigencias del Reglamento (CE) n.º 834/2007, del Consejo, sobre producción y etiquetado de los productos
ecológicos: Apicultura ecológica.
Tercero.—Bases reguladoras.
Se encuentran recogidas en la Resolución de 10 de marzo de 2020, de la Consejería de Desarrollo Rural, Agroganadería
y Pesca, BOPA núm. 53 de 17 de marzo de 2020 y modificada por Resolución de 29 de marzo de 2021 de la Consejería
de Medio Rural y Cohesión Territorial, BOPA núm. 64 de 6 de abril de 2021.
Cuarto.—Cuantía.
Se establece una cuantía de 118.400 euros, con la siguiente distribución de anualidades: 99.899,54 euros con cargo
al ejercicio presupuestario 2021 y 18.500,46 euros con cargo al ejercicio presupuestario 2022.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
A partir del día siguiente de la publicación del presente extracto en el BOPA y el 30 de abril de 2021, sin perjuicio de
la posibilidad de ampliación del plazo de solicitud.
Fte. BOPA 19/04/2021