Primero.—Beneficiarios.
Podrán acceder a la condición de beneficiario empresas tractoras o diversificadoras del tejido industrial, con personalidad jurídica propia, tanto Pymes como no Pymes.
Se considera que tienen capacidad de mejorar y/o dinamizar la economía de su entorno (tamaño y capacidad de crear negocio), si tienen actualmente o vayan a tener con la realización del proyecto una plantilla de 50 o más empleados, o si tienen actualmente o vaya a tener con la realización del proyecto un volumen de negocios igual o superior a los diez millones de euros.
Asimismo deben tener establecimientos de producción en el Principado de Asturias, y que los proyectos o actuaciones se lleven a cabo dentro del territorio del Principado de Asturias.
Segundo.—Objeto.
El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a proyectos de empresas tractoras de especial interés, Pymes y No Pymes, que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias, en régimen de concurrencia competitiva, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus Bases Reguladoras.
Los proyectos a subvencionar podrán encuadrarse en los siguientes programas:
— Programa 1-Subvenciones a proyectos con inversión.
— Programa 2-Subvenciones a proyectos con creación de empleo.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 29 de junio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas del Principado de Asturias en el marco del Programa de Proyectos de Empresas Tractoras de Especial Interés (BOPA n.º 154, de 05/07/2017).
Cuarto.—Cuantía.
La cuantía total máxima para financiar la convocatoria de subvenciones en el ejercicio 2021 es de setecientos mil euros (700.000,00 euros), cuantía que ya ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno, en su reunión de 5 de marzo de 2021.
La financiación procede del propio presupuesto del IDEPA pudiendo ser cofinanciadas las ayudas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) siempre que los beneficiarios sean pequeñas y medianas empresas, según definición dada en el anexo a la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOCE N.º L 124/36 de 20/05/2003), sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, será desde el día natural siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta las 14.00 h del día 22 de septiembre de 2021, hora peninsular en España.
Fte. BOPA 15/04/2021