—Beneficiarios.
Estas ayudas están dirigidas a personas que se traten de titulares de explotaciones de flor cortada o planta ornamental y que acrediten la destrucción de producción entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, ambos inclusive.
—Objeto.
Concesión de ayudas destinadas a los productores de flor cortada y planta ornamental por la superficie cuya producción de flor cortada y planta ornamental haya sido efectivamente destruida durante el período comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de junio de 2020, con el fin de paliar las consecuencias negativas que la declaración del estado de alarma ha causado por la imposibilidad de su comercialización.
—Bases reguladoras.
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