Podrán ser subvencionadas las actividades propias de un Club Deportivo, cubriendo los gastos de arbitrajes, tasas o precios públicos por utilización de instalaciones, licencias federativas, inscripciones, desplazamientos, salarios, etcétera correspondientes a la última temporada deportiva finalizada en el momento de la convocatoria de estas subvenciones. Quedan excluidas las actividades que sean explotadas mediante contraprestación económica en términos equivalentes a una actividad mercantil, cuyo fin primordial sea la obtención de beneficios a través del precio.
Plazo de solicitud: 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial del Principado de Asturias
Más información BOPA 29/09/2020