Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración con destino en las Oficinas de Asuntos Europeos del Principado de Asturias de Oviedo y de Bruselas.

—Objeto.

1. Las presentes bases tienen como objeto la regulación de la concesión, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, de dos becas de colaboración con destino en las Oficinas de Asuntos Europeos del Principado de Asturias, una en Oviedo y otra en Bruselas.

2. Su finalidad es proporcionar a las personas beneficiarias la posibilidad de poner en práctica los conocimientos adquiridos durante sus estudios, realizando prácticas de aprendizaje de tareas administrativas y de secretariado y familiarizándose, asimismo, en asuntos relacionados con el funcionamiento de la Unión Europea en general y de sus instituciones en particular; así como facilitar su acceso al mercado laboral.

—Características.

1. La colaboración que deberán prestar las personas beneficiarias será de 35 horas semanales y consistirá fundamentalmente, en el desarrollo de un itinerario formativo en las referidas Oficinas de Asuntos Europeos del Principado de Asturias de Oviedo y de Bruselas, bajo la dirección de quien sea titular de la Dirección General competente en materia de política de gobierno sobre asuntos europeos o persona en quien delegue.

2. Durante el período de duración de las becas, los becarios recibirán formación permanente en materia de asuntos europeos. Para ello se asignará un tutor a cada becario.

3. La duración de la estancia en cada destino comenzará en la fecha que establezca la resolución de adjudicación de las becas y finalizará el 31 de diciembre del año correspondiente. Antes de concluir el período de aprovechamiento de las becas, los becarios deberán presentar un informe en el que se recojan las principales actividades realizadas durante el período de duración de la beca.

4. La concesión de la beca no crea vínculo contractual alguno, laboral o administrativo, entre el beneficiario y el Principado de Asturias.

—Requisitos y criterios de selección.

1. Para ser beneficiaros de estas ayudas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer una titulación universitaria superior, con fecha de terminación posterior a la señalada en la convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

b) Tener residencia en el territorio del Principado de Asturias, y estar empadronado en uno de sus concejos con un año de antelación al último día de presentación de solicitudes.

c) Conocimiento suficiente de los idiomas inglés y francés (mínimo B2).

d) No haber sido adjudicatario de esta beca en convocatorias anteriores.

e) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).

Más información BOPA 4/04/2017

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