Posts etiquetados ‘Mujeres’

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“Curso para Mujeres Emprendedoras” en Navia

agosto 1, 2011

   

El Instituto Asturiano  de La Mujer y la Escuela de Emprendedoras y Empresarias de Asturias junto con las Concejalías de la Mujer y de Empleo del Ayuntamiento de Navia a través de la Agencia de Desarrollo Local, organizan

 “Curso para Mujeres Emprendedoras” 

 La Escuela de Emprendedoras y Empresarias de Asturias es un espacio de referencia que incluye el enfoque de genero en el apoyo al proceso de creación y consolidación empresarial

El programa formativo abarca  todas las etapas del emprendimiento, con especial incidencia en la formación de habilidades directivas, liderazgo y empoderamiento de las mujeres empresarias y directivas; asesorar los procesos de puesta en marcha de la idea empresarial, en cooperación con los servicios territoriales y apoyar los procesos de consolidación y crecimiento.

Participantes: 10 a 15  mujeres de la comarca con idea o proyecto de negocio.

 Duración: 68 Horas en horario de mañana de  9:30 a 13:30.

 Lugar: El Liceo de Navia

 Inicio: 19 de Septiembre

 Información y preinscripciones a partir del 1 de Agosto en:

 La Agencia de Desarrollo Local de Navia. Tfno 985 47 39 95

Centro de Dinamizació Tecnológica Local (Telecentro Navia): Tfno: 985 47 43 58

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CURSO DE CREACIÓN DE EMPRESAS

septiembre 22, 2010

Organizado por la Escuela de emprendedoras y empresarias de Asturias, Instituto Asturiano de la Mujer en colaboración con el CEDER Valle del Ese-Entrecabos.

Dirigido a emprendedoras con una idea empresarial.

Fecha de inicio: 21 de Octubre; Fecha de fin: 18 de Noviembre

Duración: 64  horas, en horario de 10:00 a 14:00 Horas

Lugar: Sala Polivalente del Centro de Empresas del Ayuntamiento de Valdés.

Más Info:

 IGUALAR.Proyecto de Cooperación

Dña. Florentina Álvarez Rubio

Tfno: 985 837 337/ 985 837 512

Email: flor@ese-entrecabos.com

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SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MUJERES

abril 6, 2010

Resolución de 24 de marzo de 2010, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria pública de subvenciones y ayudas a Asociaciones de Mujeres para programas y actividades para el ejercicio 2010. (BOPA de 6 de abril de 2010)

Las subvenciones tienen por objeto la financiación de actividades y programas relacionados con acciones y medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad entre el hombre y la mujer, así como impulsar y promover la participación de las mujeres en todos los ámbitos, en las condiciones y con los requisitos establecidos tanto en las correspondientes
bases como en la presente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria será de 30 días naturales a contar
desde el primer día hábil siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Bases:  http://www.asturias.es/bopa/2009/06/26/2009-15615.pdf

Convocatoria: http://www.asturias.es/bopa/2010/04/06/2010-07178.pdf

Fuente: asturias.es

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XII EDICIÓN PREMIO XANA DE PLATA A LA MUJER EMPRESARIA DEL AÑO EN ASTURIAS

octubre 16, 2009

La Federación de Empresarias y Directivas de Asturias  (FEDA) convoca la XII Edición del Premio Xana de Plata a la Empresaria Asturiana del Año, que se entregará el 14 de Noviembre   en el transcurso de una cena  en el Hotel Reconquista de Oviedo.

AL PREMIO PODRÁN PRESENTARSE O SER PRESENTADAS TODAS AQUELLAS MUJERES QUE DIRIJAN  COMO PROPIETARIAS  O GERENTES , UNA EMPRESA DE AL MENOS TRES AÑOS.

CANDIDATURA: CURRICULUM VITAE DE LA CANDIDATA; MEMORIA DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA (INVERSIÓN, INNOVACIÓN, EMPLEO, REDES COMERCIALIZACIÓN, FACTURACIÓN…..)

Plazo: hasta las 14 horas del próximo de  4 de Noviembre de 2009

Presentación: FEDA, C/ PINTOR LUIS FERNÁNDEZ, 2. 5ª Planta, 33005, Oviedo.

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Ayudas a trabajadoras autónomas en situaciones de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo…

octubre 30, 2008

Lo puede solicitar todo el que cumpla los siguientes requisitos:

1.                    Ser trabajadora autónoma, inscrita en el régimen especial de trabajadores autónomos, que esté radicada y desarrolle una actividad económica en el Principado de Asturias.

2.                    Estar en situación de baja por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.

3.                    Formalizar, dentro del periodo de cuatro meses desde que se produce el hecho que motiva la contratación, a una persona para prestar apoyo a la autónoma.

4.                    La persona contratada estará inscrita como persona desempleada demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias; tendrán preferencia las contrataciones de mujeres.

5.                    No podrán obtener estas ayudas quienes:

o                                            Hayan sido condenados mediante sentencia firme a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

o                                            Hayan solicitado la declaración de concurso, hayan sido declaradas insolventes, se hallen declaradas en concurso, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia.

o                                            Hayan dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución forme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

o                                            Estén incursas, las personas físicas, los administradores de las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatiblidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatiblidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o se trate de cualquiera de los cargos electos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

o                                            No estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o sean deudores del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

o                                            Tengan residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

o                                            No se hallen al corriente del pago de obligaciones por reintegro de ayudas en los términos que reglamentariamente se determinen.

o                                            Hayan sido sancionados mediante resolución firme con la pérdida de obtener ayudas según la ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.

o                                            Hayan sido condenados por sentencia judicial firme o sancionados por resolución administrativa firme en los últimos tres años por falta muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

o                                            Hayan sido condenados por sentencia judicial firme o resoluión administrativa firme por prácticas de discriminación laboral o en materia de género.

6.                    No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apdos. 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

7.                    No ser deudora del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

8.                    No podrán solicitar esta ayuda las autónomas colaboradoras ni las personas socias de sociedades mercantiles de capital.

Plazo de la solicitud: Desde 30/05/2008 Hasta 31/10/2009. La solicitud se realizará dentro de los dos meses siguientes a la formalización del contrato.BOPA 29 de mayo de 2008; BOPA 13 de junio de 2008. Consejería de Industria y Empleo

 

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