1. OBJETO
Ayudas para la renovación del parque nacional de tractores y máquinas automotrices agrícolas, estableciendo normas complementarias que regirán en el Principado de Asturias. La ayuda consiste en una subvención al achatarramiento de tractores o máquinas automotrices, con más de 15 años de antigüedad (en equipos de recolección podrá ser de 10 años).
Esas ayudas se podrán destinar a la adquisición solamente de una de las siguientes máquinas:
- Tractores
- Máquinas automotrices
- Sembradoras directas
- Cisternas para purines y esparcidoras de fertilizantes sólidos equipados con dispositivos de localizacion.
- Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.
2. BENEFICIARIOS
Personas y entidades domiciliadas y que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias y que se detallan a continuación:
- Los titulares de una explotación agraria.
- Las cooperativas agrarias, cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria o las sociedades agrarias de transformación.
- Otras personas jurídicas cuya actividad principal sea la producción agraria.
- Personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la prestación de servicios agrarios.
Es necesario que durante el último año el solicitante figure en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) como titular de la maquinaria que se vaya a achatarrar y la nueva también es necesario inscribirla.
3. REQUISITOS DE LA MAQUINARIA QUE SE ACHATARRA
- Tener más de 15 años de antigüedad (o 10 en el caso comentado).
- Estar inscritos en el ROMA durante el último año bajo la titularidad del solicitante.
- Estar en condiciones de uso y no de abandono.
- Ser entregao a un centro autorizado de achatarramiento o en una instalación de recepción autorizada ( en caso de antigüedad superior a 30 años también se puede sustituir por entrega a una institución, ej. museo, que garantice su retirada de la actividad agraria).
- Causar baja definitiva en el ROMA.
4. REQUISITOS DE LA NUEVA MAQUINARIA
- Ser adquiridos con fecha posterior a la solicitud de la ayuda.
- Qudar inscritos en el ROMA a nombre del solicitante de la ayuda.
5. PLAZO DE SOLICITUD
2 meses desde el día siguiente de la publicación (24/04/08).
6. INFORMACIÓN Y LEGISLACIÓN
Resolución de 14 de abril de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueban las bases reguladoreas de las ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola en el Principado de Asturias (BOPA nº 95 de 24 de abril de 2008).
Resolución de 15de abril de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se aprueba la convocatoria 2008 de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola en el Principado de Asturias (BOPA nº 95 de 24 de abril de 2008).