Bases, Modelo de Solicitud y Anexos : En las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Navia.
Plazo finaliza el 25 de agosto a la 1:30 horas.
Horario del Registro del Ayuntamiento de Navia mañanas de 9:30 a 1:30 horas.
3 Peones de servicios de obras y mantenimiento
1 Auxiliar Administrativo/a
1 Conserje
BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL Y CREACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO CORRESPONDIENTE AL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NAVIA 2009-2010
Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral temporal (máximo 12 meses) de trabajadores desempleados/as al amparo del Plan Extraordinario de Empleo Local 2009-2010.
La contratación de los trabajadores/as desempleados/as está cofinanciada por el FSE con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo del Principado de Asturias 2007-2013 (2007.ES.051.PO006) y la Administración del Principado de Asturias.
Los contratos tendrán carácter laboral, temporal, en la modalidad de contrato por obra o servicio determinado, al amparo de la Ley 12/2001, de 9 de julio, y arts. 12 y 15.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, con una duración de 12 meses con las categorías de Peón, Auxiliar Administrativo y Conserje.
La duración de las contrataciones no se extenderá más allá del 30 de septiembre de 2010.
PRIMERA.- CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN:
Nº Plazas: 5
Puestos:
3 Peones de servicios de obras y mantenimiento
1 Auxiliar Administrativo/a
1 Conserje
Tiempo de contrato: 12 meses a jornada completa
Para el caso de que quedaran desiertos algunos de los puestos convocados, podrá ampliarse la convocatoria a otros puestos que se ajusten a lo establecido en estas bases, previa autorización del Servicio Público de Empleo.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Para tomar parte en la presente convocatoria será preciso reunir en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Ser desempleado que haya perdido su trabajo después del 31 de diciembre de 2007 tras haber permanecido empleado un periodo mínimo de 4 meses dentro de los 12 meses inmediatamente anteriores al momento en que perdieron su último empleo y no sean preceptores de prestación por desempleo.
b) Estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo, no considerándose la demanda de mejora de empleo, de acuerdo con BOPA de 5 Julio de 2008, Resolución de Contratos-Programa del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa
d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o sea incompatible con el desempeño de las funciones inherentes al puesto.
e) Los trabajadores a contratar serán desempleados empadronados en cualquier municipio asturiano.
f) Para el puesto de Auxiliar Administrativo se requerirá estar en posesión del Título de Formación Profesional correspondiente o Titulación Superior a esta, de la rama Administrativa.
g) Para los puestos de Peón no se requerirá formación.
h) Para el puesto de Conserje se requerirá el Certificado de Escolaridad o Titulación Superior a esta.
i) Los requisitos establecidos en la base anterior deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
CUARTA: CRITERIOS DE SELECCIÓN:
El procedimiento de selección consistirá en un concurso de méritos, cuyo baremo se ajustará a los criterios de selección establecidos en el convenio de colaboración firmado entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Navia para la ejecución del Plan Extraordinario de empleo local 2009-2010:
Se valorarán los méritos de la persona aspirante de acuerdo con el baremo de puntuación que se establece en estas bases.
Solamente se tendrán en cuenta a efectos de puntuación aquellos méritos debidamente justificados con documentos acreditativos de los mismos sin entrar a valorar cualquier otro mérito alegado que no esté debidamente justificado.
Los méritos que se valoren en un apartado no podrán valorarse en otro.
A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos, se tomará como fecha límite el día que finalice el plazo para la presentación de aspirantes a las plazas en este Ayuntamiento.
BAREMO DE PUNTUACIÓN
1.- Formación (máximo 4 puntos)
1.1.- Formación relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar:
- Cursos de hasta 20 horas de duración: 0.20 puntos
- Entre 21 y 50 horas de duración: 0.50 puntos
- Entre 51 y 100 horas de duración: 0.75 puntos.
- Entre 101 a 200 horas de duración: 1 punto.
- Más de 201 horas de duración: 2 puntos.
1.2.-Para le puesto de Auxiliar Administrativo Se valorarán titulaciones académicas relacionadas con el puesto de trabajo a desarrollar a razón de 0,5 puntos por título. (Máximo 2 puntos)
Los cursos y títulos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título y fotocopia para su compulsa.
.- Experiencia Profesional (máximo 4 puntos)
- Por desempeño de puesto de trabajo similar al que se opta contratado por organismo público: 1 punto por año acreditado (imputándose períodos inferiores de forma proporcional)
- Por desempeño de puesto de trabajo similar al que se opta en empresa privada o de forma libre/autónoma: 0.5 puntos por año acreditado (imputándose períodos inferiores de forma proporcional)
3.- Pertenencia a un colectivo desfavorecido (máximo 3 puntos)
- Mujeres Víctimas de violencia de género: 0,5 puntos.
- Personas perceptoras de salario social: 0,5 puntos
- Personas con minusvalía igual o superior al 33%: 0,5 puntos
- Personas mayores de 45 años: 0.5 puntos
- Mujer cuando opte a profesiones en las que se encuentre subrepresentada: 0,5
- Desempleados de larga duración: 0,5 puntos
- Otros colectivos desfavorecidos: 0.5
- 4. Tiempo de permanencia en desempleo ( Máximo 3 puntos)
Tiempo en desempleo ininterrumpido hasta la fecha de fin de plazo de presentación
- Hasta 180 días (de 3 a 6 meses): 1punto.
- De 181 a 365 días (de 6 a 12 meses): 2 puntos.
- Mas de 365 días (más de 12 meses: 3 puntos
QUINTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La solicitud que deberá realizarse en modelo normalizado (anexo I) que será facilitado en el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada y firmada por el/la solicitante junto con la documentación complementaria correspondiente, deberá dirigirse a la Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Navia, a través del Registro Municipal de este Ayuntamiento en horario de 9:30 a 13:30 horas, en el plazo máximo de 10 días contados desde la publicación de esta convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navia. Se procederá a la difusión de las mismas a través Bandos, y Nuevas Tecnologías de la Comunicación.
SEXTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
1.- Deberán presentar la siguiente documentación en el Ayuntamiento de Navia:
Ö Solicitud en modelo normalizado y Declaración Responsable del solicitante de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo y de no haber sido separado mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme (Anexos I y II)
Ö Documento Nacional de Identidad (DNI/Tarjeta de identidad del extranjero), Permiso de Residencia en vigor y fotocopia para su compulsa.
Ö Informe del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, sobre período sin interrupción en situación de desempleo y copia para su compulsa.
Ö Informe del Servicio Público de Empleo estatal sobre la percepción de prestaciones de nivel contributivo o de la no percepción de dichas prestaciones actualizado en el que se haga constar si el solicitante está en trámite para la concesión de las mismas.
Ö Titulación académica cuando sea requerida para la plaza a la que se opta y documentos que acrediten los méritos para la fase de concurso, todo ello acompañado de fotocopias para su compulsa. En el caso de no disponer del Título, deberá presentarse certificación académica así como su correspondiente fotocopia para su compulsa.
Ö Certificado de minusvalía del aspirante y copia para su compulsa en el caso de presentar un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
Ö En caso de ser perceptor de salario Social presentar documento o informe emitido por la Consejería competente, acreditativo y actualizado de tal situación y fotocopia para su compulsa, o en su defecto autorizar al Ayuntamiento de Navia para solicitar información relativo a tal extremo, a los Servicios Sociales de la administración pública competente autonómica o local (Anexo III).
Ö En caso de ser víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica deberá acreditar tal condición aportando sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente (autonómica o local) o casa de acogida, donde se indique que recibe asistencia por esta circunstancia y fotocopia para su consulta o en su defecto autorizar al Ayuntamiento de Navia para solicitar información relativo a tal extremo, a los Servicios Sociales de la administración pública competente autonómica o local (Anexo III).
Ö Informe de la vida laboral, así como contratos de trabajo u otros documentos acreditativos de la ocupación desempeñada y fotocopias para su compulsa.
Ö Certificación del Padrón Municipal de residencia.
Ö Documentación acreditativo en caso de pertenecer a un colectivo desfavorecido y no poder acreditarlo con los documentos solicitados en esta relación anterior así como fotocopia para su compulsa.
2.-Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se aprobará una relación provisional de personas admitidas y excluidas. En el plazo de 3 días hábiles desde su publicación se podrá reclamar contra las exclusiones u omisiones, elevándose a definitiva una vez transcurrido el mencionado plazo.
La relación definitiva se publicará en el Tablón de Anuncios de las Oficinas Generales (1ª Planta) Ayuntamiento de Navia, C/ Real, 6, 33710 Navia, determinándose lugar, fecha y demás detalles, para el comienzo de la fase concurso de meritos, así como la designación nominativa del Tribunal.
SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
A efectos de seleccionar a los/as trabajadores/as se constituirá una Comisión Mixta de Selección formada de la siguiente manera:
- Presidente: El/la Secretario/a del Ayuntamiento de Navia o, en su defecto, funcionario/a que lo sustituya.
- Vocales:
- Dos técnicos/as especialistas en virtud de las plazas objeto de la convocatoria, designados por el Alcalde.
- Un miembros nombrado por cada uno de los Sindicatos firmantes del ACEBA.
- Secretario/a: un funcionario/a del Ayuntamiento.
Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares.
Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o del artículo 13,2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo. El Presidente exigirá de los miembros del Tribunal declaración formal de no hallarse incursos en estas circunstancias.
Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la precedente base, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los acuerdos de esta comisión mixta sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992).
La Comisión continuará constituida hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
Las resoluciones de la Comisión vinculan a la Administración Municipal, aunque ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Constituida la Comisión Mixta de Selección se procederá a comprobar si los/as aspirantes reúnen los requisitos exigidos por las bases para su admisión y confeccionará un lista de admitidos/as. Dichas listas se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
A continuación se procederá a la baremación de los meritos presentados por los aspirantes.
Finalizada la valoración por la Comisión se propondrá al órgano de contratación la contratación de los/as aspirantes seleccionados considerándose como tales los/as que hayan obtenido la puntuación máxima.
En el supuesto de que varios candidatos obtengan puntuaciones iguales, se adoptaran los siguientes criterios, y en el siguiente orden, para dirimir empates:
- Mayor tiempo de desempleo continuado hasta la fecha de fin de plazo de presentación
- En caso de persistir el empate entre los aspirantes se resolverá por sorteo.
De la selección se extenderá la correspondiente acta, publicada en el tablón de anuncios municipal.
OCTAVA. CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA.
Plazo de presentación de solicitudes: 10 días desde su publicación en Tablón de Anuncios de las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Navia.
Constituida la Comisión Mixta de Selección se procederá a comprobar si los/as aspirantes reúnen los requisitos exigidos por las bases para su admisión y confeccionará un lista de admitidos/as. Dichas listas se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navia.
Plazo Subsanación: Finalizado la plazo de presentación de se publicará la Lista Provisional de puntaciones así como relación de no admitidos al proceso de selección, concediéndose un plazo de 3 días hábiles a efectos de reclamaciones.
Finalizada la valoración por la Comisión se propondrá al órgano de contratación la contratación de los/as aspirantes seleccionados, considerándose como tales los/as que hayan obtenido la puntuación máxima.
De la selección se extenderá la correspondiente acta, publicada en el tablón de anuncios municipal
El orden de sustitución, si fuera necesario, estará en función de la puntuación obtenida.
NOVENA. PUBLICACIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación total del proceso selectivo por orden de clasificación, que determinará la composición de la bolsa de empleo para su llamamiento, en caso de que se produzca vacante en el puesto de trabajo.
DÉCIMA. DERECHO SUPLETORIO
En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto por la legislación en materia de selección de personal que sea de aplicación.
ANEXO I
MODELO DE INSTANCIA
D/DÑA.____________________________________________________, DNI________________________________
EXPONE:
Que teniendo constancia de la convocatoria de cinco plazas por el Ayuntamiento de Navia dentro del Programa Extraordinario de Empleo 2009-2010, categoría profesional:
Peones
Conserje
Auxiliar Administrativo
SOLICITA:
Tomar parte en el proceso de selección para cubrir el puesto de:
| Solicitud de plaza: (marcar con una x) | |||
| Nº de puestos | Ocupación solicitada: | ||
|
3 |
Peón | ||
|
1 |
Conserje | ||
|
1 |
Auxiliares Administrativo | ||
Declara estar incluido en la siguiente categoría prioritaria de desempleados/as (marcar con una X):
| Perceptor de Salario Social | ||
| Víctima de Violencia de Género | ||
| Persona con discapacidad igual o superior al 33% | ||
| Mayor de 45 años | ||
| Mujer en profesión subrepresentada | ||
| Otros colectivos desfavorecidos |
En Navia a …… de ………………………… de 2009.
FIRMA
SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE NAVIA.
ANEXO II. DECLARACIONES RESPONSABLES
D/DÑA. …………………………………………………………………….., DNI………………………
Formulo DECLARACIÓN RESPONSABLE relativa a no padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo ……………………………………………………………………………… y de no haber sido separado mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarme inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
Así mismo, DECLARA:
- Que no es beneficiario de prestaciones de nivel contributivo, y autoriza al Ayuntamiento de Navia a realizar las comprobaciones oportunas ante el Servicio Público de Empleo Estatal con anterioridad a la formalización del contrato.
- Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria a la que se presenta.
- Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud, habilitándose al Ayuntamiento de Navia para que compruebe su veracidad por los medios que considere oportunos
En ……………………….. a ………. de ………………… de 2009.
FIRMA
ANEXOIII. AUTORIZACIONES
NOMBRE:
APELLIDOS:
NIF:
AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE NAVIA A:
SOLICITAR, a la administración competente de Servicios Sociales, la siguiente información a los efectos de participación en el proceso de selección del Plan Extraordinario de Empleo Local 2009-2010.
MARQUE CON UNA X LO QUE PROCEDA:
Información que autoriza a solicitar a la de Servicios Sociales:
INFORME SOBRE LA PERTENENCIA DEL SOLICITANTE A UNA UECI PERCEPTORA DE SALARIO SOCIAL BASICO.
Información que autoriza a solicitar a la de Servicios Sociales:
INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DEL SOLICITANTE RELATIVA A SER VICTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO
En…………………………….a …………………. de ……………….. de 2009.
(FIRMA)
Fdo.
Nota: La autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Navia.
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Cuando se establece el requisito de perder el empleo despues del 31 de Diciembre ¿es válido si te despiden justo el 31 de Diciembre?
me gustaria optar ha un puesto de trabajo en su ayuntamiento
El Plan Extraordinario de Empleo de Navia tenía una convocatoria con unos plazos concretos que figuran en ese Blog. Lamentablemente es una convocatoria extraordinaria y en este momento la gente ya está trabajando. A lo largo del año el Ayuntamiento convoca puestos de trabajo temporal que irán apareciendo en este Blog o en su defecto en la página del Ayuntamiento de Navia.