BOPA 30/06/09.
OBJETO:
- SUBVENCIONES POR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA (incluida la modalidad de fijo discontinuo) de personas desempleadas con las que el empleador hubiera mantenido una o varias relaciones laborales temporales previas, siempre que dichas relaciones temporales hubieran tenido fecha de inicio posterior al 31 de diciembre de 2006 y fecha de finalización anterior al 1 de julio de 2009.
- Subvenciones por la conversión en indefinidos (incluida la modalidad de fijo discontinuo) de contratos temporales vigentes a fecha 1 de julio de 2009, siempre que dichos contratos temporales no sean de relevo, prácticas o para la formación y hubieran tenido fecha de inicio posterior al 31 de diciembre de 2006.
Se consideran personas desempleadas, en este caso, aquéllas que a la fecha del contrato carezcan de ocupación o que, aún teniéndola, su jornada sea inferior al 50% de la habitual.
REQUISITOS:
- La contratación indefinida o conversión a subvencionar se ha de formalizar entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
- La suma de las jornadas de las relaciones temporales habidas entre los mismos empleado y empleador entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009 no debe haber sido superior al 80% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
- La jornada, en cómputo anual, del nuevo contrato indefinido, ha de ser como mínimo igual o superior al 40% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable y, en todo caso, igual o superior al porcentaje que hubiera supuesto, entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009, la suma de las jornadas de las relaciones temporales entre los mismos empleado y empleador sobre la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
BENEFICIARIOS:
Empresas y entidades sin ánimo de lucro no dependientes o vinculadas a administraciones públicas, ni organismos y entes públicos, ni a empresas públicas o fundaciones del sector público.
Los contratos subvencionables han de estar formalizados entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Las solicitudes de subvención se formalizarán dentro del mes siguiente al de la formalización del contrato.
INFORMACIÓN:
BASES: PDF de la disposición
CONVOCATORIA: PDF de la disposición
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